La nueva Dirección Nacional de Inteligencia que reunirá todos los servicios de investigación del país, convertirá a su director en una especie de “zar” de la inteligencia nacional.
Con la aprobación del proyecto de ley enviado por presidente Luis Abinader al Senado, toda entidad pública que, en el curso de una investigación, proceso o en ocasión de ejercicio de sus funciones, tenga conocimiento de alguna información que a su juicio sea relevante para la seguridad nacional, deberá informarla a esa dependencia.
Si la institución se niega a entregar las informaciones solicitadas, para los propósitos de seguridad nacional, o si divulgan informaciones sometidas a secreto oficial de la misma, serán sancionadas con las penas establecidas en el artículo 88 del proyecto de ley.
Modificaría también el artículo 90 de la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento el Terrorismo para incluir al nuevo director de la institución como parte del Comité Nacional contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
La Dirección Nacional de Inteligencia funcionará bajo la dependencia del presidente de la República y estará conformado por todos los organismos y órganos, independientes entre sí y funcionalmente coordinados, que dirigen y ejecutan actividades específicas de inteligencia y contrainteligencia para la seguridad nacional, según indica el artículo 1 y 2 de la iniciativa legislativa.
Dentro de las atribuciones que tendrá la nueva dirección están controlar el ingreso y salida de personas extranjeras del territorio nacional, investigar cualquier acto cometido por personas, grupos o asociaciones que atenten contra la Constitución y las instituciones del Estado, así como cualquier acto que perturbe el Estado de derecho, ponga en riesgo la seguridad nacional e interior, o trate de establecer una forma de gobierno contraria al ordenamiento constitución.