El Tribunal Constitucional ordenó al ministerio público y a un colegio permitir la matriculación de un niño al que le fue negada la inscripción en el período escolar 2019-2020, porque sus padres eran investigados por proxenetismo y lavado de activos.
En abril del 2019, los padres del menor interpusieron una acción de amparo luego de que el colegio Carol Morgan se negó a recibir el pago correspondiente, debido a una advertencia del ministerio público, a través de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, de que se abstuvieran de recibir las mensualidades, como sujeto obligado bajo la ley 155-17, hasta que presentaran documentación para justificar sus fuentes de ingresos.
El TC acogió una acción de amparo sometida por los padres, disponiendo la reinscripción si los padres del estudiante lo consideran conveniente y prudente, previo cumplir con las formalidades ordinarias y el pago correspondiente que haya establecido el centro educativo.
Argumento
“El derecho a la educación del niño JCCE está siendo afectado única y exclusivamente por una condición referente a sus padres, lo que objetivamente supone una discriminación”, estableció el TC en el fallo.