Los casos de difamación a través de sistemas de alta tecnología son muy frecuentes en la República Dominicana, constituyendo el delito cibernético más perseguido judicialmente durante cuatro años.
Entre enero de 2016 y agosto de 2019, ingresaron al sistema judicial 1,455 casos del delito de difamación por alta tecnología a través de esa unidad y de las diversas fiscalías que funcionan en todo el país.
Así se establece en un informe preparado por la Procuraduría Especializada contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, correspondiente al período previo a la pandemia de Covid-19, que aún afecta al país.
En la actual ley 53-07, sobre crímenes y delitos de alta tecnología, la difamación por medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales está sancionada con penas de tres meses a un año de prisión y multas de 5 a 500 veces el salario mínimo.
La condena vigente en la ley promulgada en 2007 es inferior a la propuesta en el proyecto de modificación de esa legislación, en el que se mantiene la penalización de ese ciberdelito, pero con un incremento de la prisión.
De aprobarse la propuesta del Poder Ejecutivo, la pena máxima por difamación, cometida a través de un sistema de información o de cualquiera de sus componentes, se elevaría a 5 años de prisión, diferente a la norma legal vigente, que es de un año.
En ese proyecto también se ratifica el delito de la injuria pública a través de los medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones, o audiovisuales, pero a diferencia de la difamación, no se plantea una penalización, sino sanciones de multa de 200 a 500 salarios mínimos del sector público.
En la ley 53-07, por injuria pública se estipula una condena de tres meses a un año de prisión, al igual que la difamación.
En el proyecto de ley del Ejecutivo se especifica que la persecución de la injuria pública y la difamación se promoverá mediante acción pública a instancia privada o acción penal privada.
Delitos electrónicos
En el período 2016-2019 se registraron 10,912 casos de violación a la ley 53-07, sobre crímenes y delitos de alta tecnología, con tendencia al crecimiento cada año.
Jurisdicciones
Las fiscalías de Santo Domingo Este, Santiago, La Altagracia, Santo Domingo Oeste y San Pedro de Macorís fueron las que recibieron más casos.
Difamación e injuria
La difamación, según se define en el Código Penal, consiste en la alegación o imputación de un hecho, que ataca el honor o la consideración de la persona o del cuerpo al cual se imputa. Mientras, la injuria, se califica como cualquiera expresión afrentosa, invectiva o término de desprecio, que no encierre la imputación de un hecho preciso.